Ir al contenido
Estudio gratuito

Ayudas · Actualizado en septiembre de 2026

Las ayudas de 2026 son fiscales, no subvenciones

El dinero ya no llega por convocatoria estatal, llega por la declaración de la renta y por el recibo del IBI. Cambia el calendario, cambia el trámite y cambia quién puede beneficiarse.

Tu estudio gratuito

Dos minutos bastan. Te respondemos en 48 h.

Cargando el formulario…

  • Estudio personalizado gratuito
  • Respuesta en 48 h
  • Sin compromiso
  • IRPF: hasta un 20, 40 o 60 % según la modalidad acreditada
  • IBI e ICIO: municipales, hasta el 50 %, de 3 a 30 años
  • Deducción autonómica: solo en algunas comunidades
Vivienda con instalación de autoconsumoInstalador colocando una placa solar

Las tres vías

Qué puedes recuperar y de dónde viene cada euro

Las ayudas al autoconsumo en España de 2026 se reparten en tres tributos distintos, gestionados por tres administraciones distintas, con tres calendarios distintos. Confundirlos es la causa más habitual de que un cliente se lleve una decepción seis meses después de la instalación.

Deducción en el IRPF por eficiencia energética

Es la vía principal en 2026. La deducción está prorrogada hasta el 31 de diciembre de 2026, y hasta 2027 en el caso de obras en edificios de uso predominantemente residencial.

Los porcentajes son del 20 %, 40 % o 60 % según la modalidad y los requisitos que se acrediten: reducción de la demanda de calefacción y refrigeración, reducción del consumo de energía primaria no renovable, o rehabilitación energética del edificio completo. Cada modalidad tiene su propia base máxima de deducción.

Se formula siempre como «hasta un X %»: no es un importe garantizado. Depende del certificado de eficiencia energética antes y después de la obra, y de tu situación fiscal. Consúltalo con tu asesor antes de contar con ello.

Agencia Tributaria — deducciones por obras de mejora de la eficiencia energéticaÚltima actualización: septiembre de 2026

Bonificación del IBI y del ICIO

Son bonificaciones municipales: las aprueba cada ayuntamiento en su ordenanza fiscal, y no existen en todos.

La bonificación del IBI puede llegar al 50 % de la cuota, y su duración varía muchísimo: 3 años en ciudades como Barcelona o Pamplona, hasta 10 años en municipios de la Comunidad Valenciana y hasta 30 años en algunos de Andalucía. La del ICIO, el impuesto sobre construcciones, se aplica sobre el presupuesto de la obra y también se aprueba municipio a municipio.

[POR VERIFICAR: bonificación IBI del municipio] · [POR VERIFICAR: bonificación ICIO del municipio]

Ordenanza fiscal del ayuntamiento — [POR VERIFICAR: enlace a la ordenanza fiscal municipal]Última actualización: septiembre de 2026

Deducciones autonómicas

Varias comunidades autónomas añaden su propia deducción en el tramo autonómico del IRPF, con porcentajes y límites propios. Por ejemplo, Aragón aplica un 10 % con un límite de 1.000 €.

No están armonizadas: cambian de comunidad a comunidad y se revisan cada ejercicio. Conviene comprobar la convocatoria vigente antes de firmar el contrato, no después.

[POR VERIFICAR: deducción autonómica]

Convocatoria de la comunidad autónoma — [POR VERIFICAR: enlace a la convocatoria autonómica]Última actualización: septiembre de 2026

El matiz que importa

«Hasta un 60 %» no significa 60 %

Los tres porcentajes de la deducción del IRPF —20, 40 y 60 %— corresponden a tres modalidades distintas de obra de mejora de la eficiencia energética, con requisitos y bases máximas propias. No se eligen: se acreditan, y se acreditan con un certificado de eficiencia energética emitido antes y otro después de la obra.

Por eso no publicamos ejemplos con cifras cerradas ni calculamos «lo que te vas a ahorrar» en la primera visita. Lo que sí hacemos es decirte qué modalidad podría encajar en tu caso, qué certificados harían falta y en qué ejercicio se aplicaría, para que puedas contrastarlo con tu asesor antes de firmar nada.

El mismo criterio vale para el IBI: te indicamos que hay que mirar la ordenanza fiscal de tu municipio y qué artículo buscar, en lugar de prometerte un 50 % que puede no existir en tu ayuntamiento.

No confundir

Compensación de excedentes: no es una ayuda

La compensación de excedentes se cuela a menudo en la lista de ayudas, y no lo es. Es un mecanismo de facturación: la energía que viertes a la red se descuenta del término de energía de tu factura, hasta dejarlo a cero y ni un euro más. No es dinero público, no se solicita y no caduca.

Qué deducciones aplican en mi caso

Cargando el formulario…

  • Estudio personalizado gratuito
  • Respuesta en 48 h
  • Sin compromiso

Preguntas frecuentes

Lo que más se malinterpreta

¿Existe todavía una subvención estatal directa?

En 2026 la vía principal ya no es una subvención directa del Estado sino un beneficio fiscal. Eso cambia el calendario por completo: no cobras un importe tras la obra, te deduces en la declaración del ejercicio correspondiente. Si contabas con recibir dinero antes de pagar la instalación, conviene rehacer el número.

¿Cuánto me voy a deducir exactamente?

No podemos decírtelo, y desconfía de quien lo haga sobre un folleto. La deducción del IRPF se formula siempre como «hasta un X %», y el porcentaje que te corresponde depende de la modalidad acreditada, del certificado de eficiencia energética antes y después de la obra y de tu propia situación fiscal. Cada modalidad tiene además su base máxima de deducción.

¿La bonificación del IBI se aplica en todos los municipios?

No. Es potestativa: la aprueba cada ayuntamiento en su ordenanza fiscal y muchos no la tienen. Donde existe puede llegar al 50 % de la cuota, con duraciones que van de 3 años en ciudades como Barcelona o Pamplona hasta 10 años en municipios de la Comunidad Valenciana y 30 en algunos de Andalucía.

¿Y el ICIO?

El ICIO es el impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras, y se calcula sobre el presupuesto de ejecución. Su bonificación también es municipal y también es potestativa. Conviene comprobar ambas en la misma ordenanza fiscal antes de firmar.

¿Se pueden acumular todas?

La deducción estatal en el IRPF, la bonificación municipal del IBI y del ICIO y la deducción autonómica responden a tributos distintos, por lo que en general no se excluyen entre sí. Ahora bien, cada una tiene sus propios requisitos y plazos, y la deducción autonómica suele exigir que no hayas recibido subvención por el mismo concepto. Es una conversación que toca tener con tu asesor, no con tu instalador.

¿Cuándo tengo que pedir cada cosa?

La bonificación del IBI y del ICIO se solicitan al ayuntamiento, normalmente con plazos ligados a la licencia o a la finalización de la obra: si se pasa el plazo, se pierde el año. La deducción del IRPF se aplica en la declaración del ejercicio. Por eso conviene revisar la ordenanza antes de empezar la obra y no después.

Tu proyecto empieza aquí

Revisamos tu caso antes de que firmes.

Te decimos qué modalidad de deducción podría encajar, qué mira la ordenanza de tu municipio y qué documentación harías falta. Sin prometer importes.

Solicitar mi estudio gratuito

Tu estudio fotovoltaico, gratuito y sin compromiso.Respuesta en 48 h

Solicitar mi estudio gratuito

Antes de irte — recibe tu estudio gratuito

Gratuito, personalizado y sin compromiso. Te respondemos en 48 h.

Cargando el formulario…

  • Estudio personalizado gratuito
  • Respuesta en 48 h
  • Sin compromiso